COSTE Y OPORTUNIDAD
LA COMPRA DEL COLEGIO DE LOS ESCOLAPIOS
Foro B21
La adquisición del colegio de las Escuelas Pías se ha convertido en la inversión en compra de inmuebles de mayor magnitud que ha realizado el Ayuntamiento de Barbastro a lo largo de su historia. Es una buena noticia que se siga apostando por que el centro histórico de la ciudad sea el principal espacio de servicios para los barbastrenses. Su realización comportará beneficios incuestionables: centralización de oficinas administrativas, eliminación de alquileres o la posibilidad de ampliar o crear servicios. Pero, como siempre, es obligado relacionar las utilidades con su coste y resolver algunos interrogantes.
Hablamos de un edificio antiguo de 3.395 m2 de superficie (según catastro), de los que 669 corresponden a la iglesia. ¿Tiene el Ayuntamiento la necesidad ahora de tan enorme infraestructura?
El importe acordado (2.500.000 €) parece muy alto. Aunque sin duda estará respaldado por valoraciones periciales, en una economía como la nuestra los precios vienen determinados por la oferta y la demanda. El ciudadano de Barbastro puede plantearse si hay algún otro comprador dispuesto a pagar un precio similar, teniendo en cuenta la reducida “demanda” de un edificio como este.
Además, la iglesia, catalogada en su integridad por el PGOU, conllevará servidumbres especiales para su conservación. ¿Era inevitable su inclusión en la compra? ¿Por qué las Escuelas Pías se han desprendido de un lugar con tanta significación simbólica? ¿Era una carga difícil de asumir? Y finalmente, ¿qué utilización, acorde con un lugar de esas características, va a darle el Ayuntamiento?
Por otro lado, el cambio de usos de todo el conjunto llevará consigo obras de adaptación cuyo coste resulta difícil de cuantificar, pero que no será insignificante.
Se aduce, como razón principal, que la compra garantiza la construcción de “un nuevo colegio que permitirá mantener los servicios educativos actuales”. Además, se exhibe una cláusula por la que las Escuelas Pías se obligan a indemnizar los daños y perjuicios causados en el supuesto de que no se construya.
Respecto de lo primero, el Ayuntamiento está obligado a facilitar la continuidad de esta o de cualquier otra actividad relevante para la ciudad. Sin embargo, no puede llegar al punto de cumplir ese deber dedicándose a financiar sustancialmente la nueva edificación. La compra tiene que justificarse porque resulta oportuna y beneficiosa para Barbastro y no porque sirva para costear la obra.
En relación con lo segundo, la inclusión de una cláusula por daños, sin más detalle, resulta algo ingenuo. ¿Cómo se podrá objetivar y cuantificar ese daño para el Ayuntamiento? Lo que este debería haber propuesto es el añadido de una cláusula penal con una cifra concreta y de un importe suficiente que sancione el eventual incumplimiento del compromiso. Lo demás es casi papel mojado.
Seguramente, el Ayuntamiento es el mejor (quizá el único) destinatario de ese conjunto. La oportunidad, el precio, las condiciones y la necesidad de incluir la iglesia en la transacción son las cuestiones que merecen nuestra crítica.
Además de lo dicho, creemos que cualquier inversión de magnitud semejante debería producir un cambio significativo en la ciudad, por sí misma y por sus efectos multiplicadores. Tendremos que esperar otras porque esta no lo hará.


